Texto oficial
1.o Las inspecciones Provinciales y Locales de Educación Primaria cambiarán su actual organización para atender con mayor amplitud los distintos problemas que incumben a la función educativa y se denominarán, en lo sucesivo -como un medio de elevar la jerarquía moral y profesional de quienes sirvan estos cargos- Directores Provinciales, Departamentales o Locales de Educación Primaria, según la jurisdicción que le fije el Ministerio de Educación Pública, a propuesta de la Dirección General de Educación Primaria.
2.o Las funciones administrativas, pedagógicas y
sociales que correspondan a los Directores Provinciales
y Departamentales o Locales de Educación Primaria, serán
fijadas por el Presidente de la República en un
Reglamento Especial;
3.o Suprímense los siguientes cargos consultados en
el item 7/2/1, de la Ley de Presupuestos vigente:
Grado Designación
3.o Inspectores Provinciales (25), Inspector Enseñanza
Indígena__________________________________________
4.o Inspectores Locales_______________________________
Renta N.o de Total
Unitaria Empleados
122.820 26 3.193.320
119.370 65 7.759.050
4.o Créanse los siguientes cargos en el item 7/2/1, de
la Ley de Presupuestos vigente:
3.o Directores Provinciales de Educación Primaria
(25), Director Provincial de Ense-
4.o Directores Departamentales y Locales de ñanza
Indigena (1)___________________________________
Educación Primaria________________________________
122.820 26 3.193.320
119.370 65 7.759.050