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Artículo 41 de la Ley de Bancos

Fija el texto de la ley general de bancos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5205 / 8738295.

Texto oficial

Art. 41. Toda elección de Directores será publicada en un periódico del domicilio de la empresa y deberá ser puesta en conocimiento de la Superintendencia, a quien se enviará copia autorizada de la escritura pública a que debe reducirse el acta de la junta de accionistas o sesión de directorio en que los nombramientos se hubieren hecho. Deberán igualmente comunicarse y reducirse a escritura pública los nombramientos de gerente general y subgerente general.