Saltar al contenido

Artículo 61 del Decreto Con Fuerza de Ley 253

Aprueba reglamento de disciplina para el personal de gendarmeria de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5211 / 9058966.

Texto oficial

Artículo 61.- A contar desde la fecha de formulación de cargos el sumario se hará público sólo para el inculpado o el abogado que asuma su defensa. Se darán las facilidades del caso para que esas personas puedan imponerse de todo lo obrado en el sumario.