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Artículo 72 del Decreto Con Fuerza de Ley 253

Aprueba reglamento de disciplina para el personal de gendarmeria de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5211 · idParte: 9058977

Texto oficial

Artículo 72.- Contra la medida disciplinaria de Separación del Servicio o Baja por Mala Conducta no procederá el recurso de apelación ante la Contraloría General de la República; sin embargo, en el trámite del informe previo del Contralor podrá el inculpado formular los reclamos que estime necesarios.