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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 256

Fija el nuevo estatuto administrativo para los empleados de la administración publica

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5219 / 8825095.

Texto oficial

Párrafo II {ARTS. 3-6} CLASIFICACION DE EMPLEO Y EMPLEADOS Artículo 3.o Los empleos de la Administración Pública son de planta y a contrata. a) Son empleados de planta aquellos que sirven cargos que tengan calidad de permanentes y correspondan a la orgnización estable de un servicio. Los empleados que ocupen cargos incluídos en la planta suplementaria provenientes de cualquera repartición pública, tendrán, asimismo, esta calidad. b) Son empleados a contrata aquellos que sirven cargos que tengan calidad de transitorios y que, por lo tanto, no forman parte de la planta estable de un servicio.