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Artículo UNICO del Decreto Con Fuerza de Ley 259

Modifica el d.f.l. numero 231, de 1953

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5229 / 7119813.

Texto oficial

Artículo único. Substitúyese el inciso 6.o del artículo 9.o del decreto con fuerza de ley N.o 231, de 1953, por el siguiente: "Seis Directores, tres designados por la Corporación de Fomento de la Producción; uno designado por el Instituto de Ingenieros de Minas; uno designado por la Sociedad Nacional de Minería y uno designado por la Sociedad de Fomento Fabril. El mayor gasto que signifique la remuneración de estos nuevos Directores, se imputará a la partida "Gastos Generales" que figura en el presupuesto de la Empresa Nacional del Petróleo para el año 1959.