Texto oficial
ARTICULO 14°.- Por decreto supremo del Ministerio de
Hacienda podrán modificarse los tramos, grados y
porcentajes que determinan los montos de los viáticos
fijados en este reglamento.
Aprueba el reglamento de viaticos para el personal de la administración publica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5238 / 8738520.