Texto oficial
Artículo 1.o Declárase en reorganización la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, en los términos del artículo 202 de la ley N.o 13,305. En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en la letra b) del artículo 4.o del decreto con fuerza de ley N.o 256, de 1953, el personal de ese Servicio quedará en calidad de interino.