Texto oficial
Párrafo 4.- Del Jefe del Departamento Legal.(ART. 12)
Artículo 12°. Son funciones del Jefe del Departamento
Legal:
a) Asistir a las sesiones del Consejo;
b) Dictaminar sobre los asuntos de orden legal que se
sometan a su consideración;
c) Tomar a su cargo la defensa de los juicios en que la
Empresa sea parte o tenga interés.