Texto oficial
Artículo 14°. Cada uno de los Departamentos indicados
en el artículo anterior estará dirigido por un
Sub-Gerente, quien actuará por delegación del
Vicepresidente de la Empresa y conforme a las facultades y
atribuciones que se le confieran en el respectivo mandato,
reglamentos internos y en las instrucciones especiales que
imparta la Gerencia General.