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Artículo 54 del Decreto Con Fuerza de Ley 287

Fija el estatuto orgánico del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5320 / 8825376.

Texto oficial

Artículo 54. El funcionario del Servicio Exterior acreditado en el extranjero a quien sea aceptada la renuncia de su cargo tendrá derecho, a contar de la fecha de la aceptación de la renuncia, a un mes de remuneración extraordinaria completa pagada en la misma moneda en que percibía su sueldo.