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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 308

Fija planta de personal para la municipalidad de lebu

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5386 / 5868449.

Texto oficial

Artículo 2°.- La dotación máxima de personal de la Municipalidad de Lebu, será de 19 cargos y 11 horas Ley N° 15.076.