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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 313

Aprueba la ley orgánica de la direccion de estadistica y censos; la declara en reorganizacion y fija las plantas y remuneraciones de sus funcionarios; deroga el decreto con fuerza de ley 325, de 1953, que aprobo la ley orgánica del mencionado servicio.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5398 / 7120408.

Texto oficial

Artículo 3.o La Dirección estará a cargo de un Director, que será nombrado por el Presidente de la República y tendrá el carácter de Jefe de Servicio. En tal carácter lo dirigirá, con las facultades y atribuciones que le confiere este decreto con fuerza de ley.