Texto oficial
Artículo 25.o Corresponde al Consejo de Defensa del Estado asumir la representación y defensa de la Dirección de Estadística y Censos en el procedimiento judicial a que se refieren los artículos anteriores.
Aprueba la ley orgánica de la direccion de estadistica y censos; la declara en reorganizacion y fija las plantas y remuneraciones de sus funcionarios; deroga el decreto con fuerza de ley 325, de 1953, que aprobo la ley orgánica del mencionado servicio.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5398 / 7120430.