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Artículo 29 del Decreto Con Fuerza de Ley 325

Determina atribuciones del servicio nacional de estadistica y censos

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5429 / 5868782.

Texto oficial

Artículo 29. Corresponderá al Director General del Servicio, regular y aplicar las multas contempladas en este decreto con fuerza de ley, previo informe del organismo o funcionario que comprobó la infracción y aviso anticipado de cinco días al infractor, para recibir su reclamo.