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Artículo 36 del Decreto Con Fuerza de Ley 325

Determina atribuciones del servicio nacional de estadistica y censos

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5429 / 5868789.

Texto oficial

Artículo 36. El producto de las multas que se impongan conforme a este decreto con fuerza de ley ingresarán a rentas generales de la Nación.