Texto oficial
Artículo único. Derógase el artículo 4.o de la ley 11,119, publicada en el "Diario Oficial" del 11 de Diciembre de 1952.
Deroga el numero 4° del articulo unico de la ley 11.119, de 11 de diciembre de 1952, que introdujo modificaciones a la ley 7.410, de 20 de febrero de 1943, sobre emprestito a la municipalidad de calama.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5448 / 9034379.