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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 337

Fija planta de personal para la municipalidad de frutillar.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5466 / 9034411.

Texto oficial

Artículo 2°.- la dotación máxima de personal de la Municipalidad de Frutillar será de 16 cargos y 11 horas Ley N° 15.076.