Texto oficial
Décimo sexta. Los reglamentos vigentes a que se refiere la letra d), del artículo 399 no obstan a los que puedan dictarse en el futuro por el Servicio Nacional de Salud en uso de sus facultades propias.
Estatuto administrativo
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5469 / 8739048.