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Artículo UNICO del Decreto Con Fuerza de Ley 356

Modifica la ley general de construcciones y urbanizacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5505 / 5869268.

Texto oficial

Artículo único. Agrégase a continuación del inciso 1.o del artículo 60 de la Ley General de Construcciones y Urbanización, aprobada por el DFL. N.o 224, de 1953, cuyo texto definitivo fue fijado por el decreto supremo N.o 1,050, de 31 de Mayo de 1960, del Ministerio de Obras Públicas, el siguiente inciso nuevo: "Las solicitudes para construcciones de carácter militar, como cuarteles, fábricas y otras instalaciones, con excepción de las poblaciones militares, sólo requerirán la presentación de un plano de conjunto, a escala 1:100, con la ubicación de los edificios en el que conste el cumplimiento de las disposiciones urbanísticas del Plan Regulador, sin obligación de presentar planos de arquitectura u otros".