Texto oficial
Artículo 2°.- Los cargos de Jefes Sección Grado 15° (1) Grado 16° (1) y Grado 17° (1) y los de Agentes Zonales Grado 16° (4) correspondientes a Jefaturas C, se fusionan en Jefaturas B, grado 13° E.U.S.
Sustituye escalafones que indica en la planta de personal que señala
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