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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 376

Sustituye escalafones que indica en la planta de personal que señala. (servicio de registro civil e identificacion).

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5534 / 9034532.

Texto oficial

ARTICULO 3°.- El encasillamiento del personal se hará en forma discrecional por el Ministro de Justicia, sin sujeción al Escalafón vigente del Servicio, ni a los requisitos exigidos por el D.F.L. de Hacienda N° 90, de 1977, y sus modificaciones posteriores.