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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 388

Sustituye escalafon que indica en la planta de personal que señala. (direccion general del credito prendario y de martillo).

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5553 / 9034567.

Texto oficial

ARTICULO 3°.- Cárguese el mayor gasto que signifique la aplicación del artículo 1° de este Decreto con Fuerza de Ley, a los fondos que se consulten en el Presupuesto del año 1982.