Saltar al contenido

Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 451

Crea la secretaria ejecutiva para los asuntos de la asociacion latinoamericana de libre comercio y aprueba su estatuto orgánico

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5587 / 8988844.

Texto oficial

Artículo 3.o- Corresponderá a la Secretaría: a) Realizar, en estrecha colaboración con los organismos del Estado y entidades representativas del sector privado, estudios de orden técnico relativos a la participación de Chile en la Zona de Libre Comercio y en el proceso de integración económica latinoamericana, en conformidad con lo dispuesto en el Tratado de Montevideo, y formular al Ministerio de Relaciones Exteriores las proposiciones correspondientes. b) Proponer al Ministerio de Relaciones Exteriores las medidas que estime adecuadas para el planeamiento, orientación y coordinación de las actividades de los organismos del Estado cuya labor tenga incidencia, directa o indirecta, en la participación del país en el proceso de integración económica latinoamericana. c) Adoptar todas aquellas medidas que le encomiende el Ministerio de Relaciones Exteriores o que le correspondan en virtud de disposiciones legales o reglamentarias, relacionadas con la aplicación del Tratado de Montevideo. d) Realizar estudios destinados a promover una adecuada armonización entre los planes y programas regionales o nacionales de desarrollo y los objetivos de la complementación e integración económica latinoamericana que contempla el Tratado de Montevideo y formular las proposiciones del caso al Ministerio de Relaciones Exteriores. e) Proporcionar informaciones de orden técnico sobre materias que directa o indirectamente tengan relación con la aplicación del Tratado de Montevideo. f) Propiciar estudios específicos sobre las condiciones del mercado internacional en relación con la aplicación del Tratado de Montevideo, y formular a los sectores público y privado las proposiciones que estime convenientes para el óptimo aprovechamiento de los mercados intrazonales.