Texto oficial
Artículo 49.- Para determinar el monto de la caución Ley 13.305,
establecida en el artículo 44 de esta ley, el valor del Art. 196-c).
cheque en moneda extranjera se estimará en moneda corriente
al tipo medio de cambio que certifique un Banco de la plaza
para el día hábil anterior al del otorgamiento de la
garantía.