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Artículo 254 del Código de Aguas

Fija texto del código de aguas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5605 / 8628244.

Texto oficial

ARTICULO 254°- El domicilio de la comunidad será el que acuerden los interesados por mayoría de votos.