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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 1221

Fija la planta de empleos y sueldos para el departamento tecnico de la habitacion.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5609 / 9034695.

Texto oficial

Art. 2.o El presente decreto entrará en vigencia el 1.o de Agosto próximo, y los empleados que quedaren cesantes podrán acogerse al desahucio que les acuerda la ley número 4,721, de 13 de Diciembre de 1929, o a su jubilación.