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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 1221

Fija la planta de empleos y sueldos para el departamento tecnico de la habitacion.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5609 · idParte: 9034697

Texto oficial

Art. 4.o El gasto de ciento cuarenta mil quinientos pesos ($ 140,500), que representan durante los cinco últimos meses del año en curso, los sueldos del personal fijados por el presente decreto, se deducirá del 12-05-01 del Presupuesto vigente del Ministerio de Bienestar Social, Departamento Técnico de la Habitación, "Sueldos fijos del Personal".