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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 1331

Determina el rango del subsecretario de relaciones;exteriores, del asesor jurídico, etc.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5612 / 7122529.

Texto oficial

Modifícase el art. 3.o del decreto con fuerza de ley N.o 1,493, de 27 de Diciembre de 1927, en la forma siguiente: "El Subsecretario y el Asesor Jurídico tendrán el rango de Enviados Extraordinarios y Ministros Plenipotenciarios; el Director del Departamento Diplomático, de Ministro Residente, y el Introductor de Diplomáticos, de Encargado de Negocios Permanente. Este último, después de cumplir cuatro años continuos en su cargo, podrá ser asimilado, si el Presidente de la República lo estimare del caso, y en virtud de un decreto Supremo, al rango de Ministro Residente y podrá, en igual forma, avanzar dos lugares en la escala de grados establecida en el Art. 3.o del decreto N.o 3,010, de 30 de Junio último, del Ministerio del Interior.