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Artículo 35 del Decreto Con Fuerza de Ley 1730

Decreto Con Fuerza de Ley 1730

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5617 / 9086989.

Texto oficial

Art. 35. Tanto el personal de planta como el que se contrate anualmente con cargo a las sumas destinadas a ese efecto en la Ley de Presupuestos, deberá clasificarse en alguno de los grados señalados en el artículo anterior.