Texto oficial
32. Estos Tribunales tendrán un secretario nombrado por el Ministerio de Bienestar Social, el que tendrá a su cargo la responsabilidad de la secretaría y autorizará la firma del juez o Tribunal.
Fija la organizacion de los tribunales para empleados particulares y obreros (trabajo y vivienda).
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5624 / 5870287.