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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 2115

Dispone que el consejo de defensa fiscal estara colocado bajo la vigilancia directa del presidente de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5626 · idParte: 9034752

Texto oficial

El Consejo de Defensa Fiscal constituirá un servicio independiente de los diversos Ministerios, colocado bajo la supervigilancia directa del Presidente de la República. Los decretos y demás resoluciones supremas relacionadas con el Consejo, serán dictadas por intermedio del Ministerio de Justicia. En los casos de transacciones los decretos respectivos serán estudiados y firmados por el Ministro correspondiente, además del de Justicia.