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Artículo 375 del Decreto Con Fuerza de Ley 2128

Aprueba reglamento orgánico del servicio de registro civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5627 / 8499976.

Texto oficial

Art. 375. Tanto los abonos, como las rebajas de antigüedad a que se refiere este artículo, no tendrán otro efecto que el de cambiar la situación del empleado en el Escalafón del servicio.