Texto oficial
Artículo 66° La Caja podrá conceder préstamos de
auxilio a los jubilados, en el límite de cuatro pensiones
mensuales, con garantía suficiente, calificada en cada
caso.
Crea la caja de prevision y estimulo de los empleados del banco del estado de chile.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5628 / 9087087.