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Artículo 16 del Decreto Con Fuerza de Ley 4926

Decreto Con Fuerza de Ley 4926

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5646 / 9089655.

Texto oficial

Art. 16. Corresponde a los Decanos: 1.o Responder ante el Rector, del orden, disciplina, moralidad y grado de eficiencia de las escuelas dependientes de la Facultad; 2.o Presidir las sesiones de las Facultades y ejecutar sus acuerdos; 3.o Velar por el cumplimiento de la ley y de los reglamentos y el correcto desempeño de las funciones encomendadas al personal docente; 4.o Formar, en unión los respectivos directores de las escuelas, institutos o establecimientos dependientes de la Facultad, el presupuesto anual de gastos que debe presentarse al Rector; 5.o Presidir las comisiones que deban recibir las pruebas en los exámenes o concursos abiertos por la Facultad; 6.o Presentar al Consejo Universitario una memoria anual acerca de los trabajos de la facultad y el estado de la enseñanza que de ella depende; 7.o Cuidar de todo lo relativo a la moralidad, educación física y bienestar de los estudiantes; 8.o Nombrar a las comisiones que deben recibir los exámenes de títulos y de grados que corresponden a las Facultades; 9.o Proponer al Rector de la Universidad el nombramiento de profesores en conformidad a la ley; 10. Conceder o denegar, fuera de los períodos ordinarios, permisos individuales para rendir exámenes de curso en los establecimientos que dependen directamente de la Facultad; 11. Suspender de clases y de exámenes hasta por un período escolar a los alumnos que hubieren incurrido en faltas contra la moralidad, la disciplina el orden o el régimen interior de los establecimientos dependientes de la Facultad, previa consulta al Director de la respectiva escuela; 12. Proponer al Rector la suspensión de alumnos universitarios por más de un período escolar y las medidas disciplinarias de carácter colectivo; 13. Estimular la cooperación a la extensión universitaria.