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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 5319

Direccion general de educacion primaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5649 / 9034934.

Texto oficial

Artículo 1.o Créase dependiente del Ministerio de Educación Pública, una Dirección General de Educación Primaria, oficina que tendrá a su cargo lo relacionado con el servicio de educación primaria en toda la República. Estarán bajo dirección y vigilancia de la Dirección General de Educación Primaria las escuelas y cursos de párvulos, las escuelas ordinarias de enseñanza primaria general, las escuelas y cursos vocacionales primarios, las escuelas suplementarias y complementarias y además, las de experimentación, de anormales y retrasados y otras especialidades que expresamente se coloquen bajo su dependencia. Ejercerá también, esa oficina, la dirección y vigilancia de los establecimientos destinados a la preparación del profesorado primario.