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Artículo 13 del Decreto Con Fuerza de Ley 7500

Reforma educacional

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5652 / 8255613.

Texto oficial

Art. 13. El Ministerio y la Superintendencia de Educación constituyen la autoridad superior, administrativa y técnica de toda la enseñanza nacional. Componen el Ministerio los departamentos que determina el presente decreto. Componen la Superintendencia el Ministro, que es el Superintendente; los Jefes de los Departamentos; los rectores de las Universidades del Estado; dos representantes de la producción nacional, con participación activa de ella, designados por el Presidente de la República y debiendo, a lo menos uno, ser profesional egresado de las Universidades del Estado; y uno de los rectores de las universidades particulares reconocidas por el Presidente de la República como cooperadores de la eduación nacional, y que él mismo designe. Cuando la Superintendencia haya de tratar materias relativas a la enseñanza técnico-manual, se integrará con el Jefe de la Sección respectiva.