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Artículo 1 del Decreto Ley 2

Reemplaza ministerio de bienestar social por dos secretarias de estado: ministerio del trabajo y ministerio de higiene.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5659 / 9034966.

Texto oficial

El actual Ministerio de Bienestar Social será reemplazado, a contar desde esta fecha por dos Secretarías de Estado: El Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Higiene. Las materias propias que deberá conocer cada uno de estos Departamentos de Estado, serán fijadas en el Reglamento Orgánico en que se dicte al efecto.