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Artículo 5 del Decreto Ley 3

Deroga la ley numero 5,033

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5660 / 5871312.

Texto oficial

Art. 5.o Las disposiciones contenidas en el presente decreto-ley estarán en vigor a contar desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial y hasta que se dicte una nueva legislación minera que contemple las necesidades efectivas de la economía nacional.