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Artículo 2 del Decreto Ley 38

Introduce modificaciones a la ley n° 10.336, orgánica de la contraloría general de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5690 / 7123107.

Texto oficial

Artículo 2°.- Derógase toda disposición contraria a las contenidas en el presente decreto ley.