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Artículo 1 del Decreto Ley 44

Autoriza ministros de estado para firmar por orden junta gobierno

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5694 / 8255714.

Texto oficial

Autorízase a los Ministros del Despacho para firmar con la fórmula: "Por orden del Presidente de la Junta de Gobierno", todos los decretos sobre las materias a que se refiere el decreto-ley número 455, de 16 de Julio de 1925.