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Artículo UNICO del Decreto Ley 52

Decreto Ley 52

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5704 / 5871420.

Texto oficial

Artículo único.- Rebájanse los ítem 1628, 1629 y 1630 del Presupuesto de Hacienda vijente, en las cantidades de cincuenta mil pesos ($ 50,000), nueve mil pesos ($ 9,000) y cincuenta mil pesos ($ 50,000), respectivamente, y el total, que asciende a ciento nueve mil pesos ($ 109,000), destínase a suplementar el ítem 170 de la partida 5.a del Presupuesto de Relaciones Esteriores vijente, en la suma que corresponda, computada en oro de 18 d.