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Artículo 29 del Decreto Ley 55

Decreto lei n° 55, que aumenta los sueldos al personal del ejercito y de la armada y del cuerpo de carabineros.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5708 · idParte: 7123145

Texto oficial

Art. 29. Los oficiales de guerra y mayores, los empleados militares y civiles y los individuos de tropa que en el desempeño de comisiones del servicio, tuvieren que permanecer por mas de veinticuatro horas fuera del lugar de su residencia, sin que se les proporcione habitacion ni rancho por cuenta fiscal, gozarán mientras dure su comision de los siguientes viáticos: Oficiales jenerales $ 50 diarios Coroneles 40 " Tenientes-coroneles y mayores 35 " Capitanes 30 " Oficiales subalternos 20 " Sub-oficiales y cabos 8 " Soldados 5 " Los empleados civiles que se espresan gozarán de los viaticos siguientes, cuando concurran las circunstancias apuntadas: Visitador_Inspector de Instrucci�n Primaria y arquitecto del departamento administrativo $ 20 diarios Jeodestas, topógrafos y cartógrafos del levantamiento de la carta y secretario de Instrucci�n Primaria 12 " Heliotropistas del levantamiento de la carta 5 "