Texto oficial
Artículo 9.° Se deroga la lei número 2,644 de 22 de febrero de 1912, con escepcion del artículo 68.
Derógase igualmente la lei número 3, 636, escepto el inciso 1.° del art. 5.°, en la parte que comprende a los inválidos de la Revolucion de 1891.
Se derogan tambien todas las disposiciones contrarias a la presente lei, la cual comenzará a rejir desde el 1.° de enero del año en curso, para los individuos de tropa del Ejército, jente de mar de la Armada e individuos de tropa del Cuerpo de Carabineros y desde el 1.° de enero del año 1925, para el resto del personal de ámbas instituciones y del Cuerpo de Carabineros.