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Artículo UNICO del Decreto Ley 62

Suprime el cargo de administrador general de las cajas de prevision

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5714 · idParte: 5871545

Texto oficial

Artículo único. Suprímese, por razones de economía, el cargo de administrador general de las Cajas de Previsión a que se refiere el artículo 3.o del DFL. N.o 2,096, de 31 de Diciembre de 1927.