Texto oficial
Artículo único.- Agréguese a la partida 10 del presupuesto del Interior para el presente año el siguiente ítem:
Item 3854 bis.- Para atender a los gastos de instalacion, adquisicion de muebles y demas que se orijinen con motivo de la creacion del nuevo Ministerio de Hijiene, Asistencia, Prevision Social y Trabajo, $ 50,000.
Esta suma deberá deducirse del ítem 65, partida 1.a del Presupuesto del Interior para el presente año.