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Artículo UNICO del Decreto Ley 88

Decreto Ley 88

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5739 · idParte: 8255759

Texto oficial

Artículo único. - Las sumas consultadas en los diversos ítem de la partida 13 del Presupuesto del Interior, corresponderán al Ministerio de Obras y Vias Públicas, y serán decretadas por dicho Departamento.