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Artículo 1 del Decreto Ley 90

Prorroga plazo para normalizar vehiculos en situacion irregular

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5742 / 5871627.

Texto oficial

Artículo 1°- Las personas que sean poseedoras de taxis, taxibuses, camiones, buses y microbuses adquiridos en situación irregular podrán acogerse a lo dispuesto en el artículo 43 de la ley N° 17.940, publicada el 6 de Junio de 1973, hasta el 30 de Noviembre del presente año.