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Artículo 7 del Decreto Ley 111

Reorganiza empresa periodística "la nación"

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5768 / 8255794.

Texto oficial

Art. 7.o Las remuneraciones anuales de que gozarán los miembros del Consejo, serán las siguientes: Presidente_____________________________ $ 24,000 Consejero director_____________________ 36,000 Consejero asesor técnico_______________ 12,000 Consejero gerente______________________ 36,000 Consejero asesor jurídico______________ 12,000 Secretario del Consejo_________________ 6,000