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Artículo QUINTO del Decreto Ley 116

Declara en reorganizacion a la comision nacional de;investigacion cientifica y tecnologica (conicyt)

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5777 / 8902668.

Texto oficial

Quinto: El material científico que la Comisión importe bajo régimen de exenciones o franquicias aduaneras o tributarias de cualquier especie, podrá ser enajenado a título oneroso o ser objeto de cualquier negociación con científicos chilenos, universidades nacionales u organismos del sector público, dentro del país.